Sociedad

El Congreso se prepara para debatir la ley de eutanasia

El primer proyecto de la ley de eutanasia lleva el nombre “Ley de Buena Muerte y regulación de la eutanasia”, y fue presentado el 26 de noviembre del 2021 por los diputados de la UCR Alfredo Cornejo, Jimena Latorre y de Alejandro Cacace. El segundo proyecto titulado “Ley de Interrupción Voluntaria de la Vida” fue presentado por los legisladores radicales Julio Cobos y Pamela Verasay el 30 de noviembre. El último se llama “Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente” o “Ley Alfonso”, fue presentado el 6 de diciembre y es impulsado por Gabriela Estévez, diputada del Frente de Todos.

En los últimos días, la diputada Latorre presentó un pedido de tratamiento para su proyecto mediante el artículo 109. El apartado contempla que cuando tres o más diputados realizan esta solicitud, la presidencia de la comisión está obligada incluirlo en el temario, por lo que se espera que las iniciativas para la legalización de la eutanasia se puedan empezar a debatir luego del receso invernal.

Al igual que sucedió con el tratamiento de ley del aborto, se buscará que la discusión en las comisiones sea de carácter informativa y para eso se invitará a especialistas de distintos campos para que den su visión al respecto.

 

El Congreso se prepara para debatir la Ley de Eutanasia
El Congreso se prepara para debatir la Ley de Eutanasia

La letra del proyecto de la ley de eutanasia

En los fundamentos del proyecto se plantea una regulación que respete “la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables”.

En Argentina, la eutanasia pasiva es permitida en ciertos casos y está regulada por la Ley N° 26.529. Según la norma, el paciente puede tomar decisiones anticipadas y disponer directivas por escrito sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos y decisiones relativas a su salud. Este proyecto pretende ampliar la regulación también a la eutanasia activa.

En otro pasaje de los argumentos, los legisladores dan cuenta de las diferentes normativas a nivel mundial relacionadas con el concepto de muerte digna. En países como Holanda (2002), Bélgica (2002), y con algunas limitaciones en el Estado de Oregón en los Estados Unidos (1997), se permite la práctica de la eutanasia activa y del suicidio asistido. En el caso de Suiza (1941), la eutanasia activa es ilegal, pero se permite la asistencia al suicidio y esta puede ser practicada por cualquier persona.

En el proyecto que lleva las firmas de Cobos y Verasay, que ingresó esta semana en el Senado, se distinguen dos modalidades de “interrupción voluntaria de la vida del paciente”, como prefieren decirlo. Las modalidades son práctica eutanásica y muerte asistida. Y establece que deberá “efectuarse con el máximo cuidado y profesionalidad por parte del personal de la salud, con aplicación de los protocolos que a ese efecto determine la reglamentación, los cuales contendrán los criterios respecto a la forma y tiempo de realización de la prestación”.

Además, se dispone que la decisión de solicitar la práctica de muerte asistida debe ser una decisión autónoma “fundamentada en el conocimiento del paciente sobre su proceso médico, después de haber sido informado adecuadamente por el equipo sanitario responsable”. En la historia clínica deberá quedar constancia que la información ha sido recibida y comprendida por el paciente. Asimismo, se aclara que la “única persona que puede practicar el procedimiento eutanásico o asistir a la muerte a un paciente, es un profesional de la medicina, que para los efectos de esta ley es el médico responsable”.

Con relación a los profesionales de la salud, y como sucede por ejemplo con la legalización del aborto, “podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia, algo que deberán manifestar anticipadamente y por escrito”. A su vez, los establecimientos sanitarios que no cuenten con profesionales para realizar la práctica a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó. Guadalupe Batallán, lider provida en Argentina, advirtió que, “al igual que la ley del  aborto, aunque sea objetor de conciencia, tiene la obligación de participar del proceso”. 

Finalmente, el proyecto establece que todos los efectores de salud, obras sociales, prepagas y afines “deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria de la vida”.

 

Palabras del Papa Francisco sobre la vida

En sus nueve años de Pontificado, Francisco ha pronunciado palabras muy claras sobre la defensa de la vida por nacer que, según él, está ligada a la defensa de cualquier derecho humano. La vida, observa, debe defenderse siempre: la de los no nacidos, así como la de los ancianos y los enfermos o la de quienes corren el riesgo de morir de hambre o en el trabajo o en los barcos de emigrantes

La Iglesia defiende la vida, especialmente la de los que no tienen voz. En la Iglesia -recuerda el Papa en la “Evangelii gaudium“- hay un signo que nunca debe faltar: “la opción por los últimos, por aquellos que la sociedad descarta y desecha” (EG 195). Es la atención preferente a los más débiles.

Del lado de los más débiles y de los derechos humanos

“Entre estos más débiles, de los que la Iglesia quiere ocuparse con predilección -subraya Francisco-, están también los niños no nacidos, que son los más indefensos e inocentes de todos, a los que hoy se quiere negar su dignidad humana para poder hacer con ellos lo que se quiera, quitándoles la vida y promoviendo una legislación para que nadie pueda impedirlo”.

Con frecuencia, para ridiculizar alegremente la defensa de la vida de los no nacidos por parte de la Iglesia, se hace presentar su posición como algo ideológico, oscurantista y conservador.

Sin embargo, esta defensa de la vida por nacer está íntimamente ligada a la defensa de cualquier derecho humano. Supone la convicción de que el ser humano es siempre sagrado e inviolable, en cualquier situación y en cualquier etapa de su desarrollo. Es un fin en sí mismo y nunca un medio para resolver otras dificultades.

Si esta convicción cae, no queda ningún fundamento sólido y permanente para la defensa de los derechos humanos, que estarían siempre sujetos a las conveniencias contingentes de los poderosos” (EG 213).

 

No es progresista eliminar una vida humana

El Papa Francisco tiene palabras claras: “No se debe esperar que la Iglesia cambie su posición en este tema. Quiero ser completamente honesto al respecto. No es un tema que esté sujeto a supuestas reformas o “modernización”.

No es progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana. Pero también es cierto que hemos hecho poco para acompañar adecuadamente a las mujeres que se encuentran en situaciones muy difíciles, en las que el aborto se les presenta como una solución rápida a sus profundas angustias, especialmente cuando la vida que crece en ellas ha surgido como consecuencia de la violencia o en un contexto de extrema pobreza. ¿Quién puede dejar de entender situaciones tan dolorosas?” (EG 214).

El Papa tiene palabras muy fuertes: el aborto “es un crimen”. Es eliminar uno para salvar otro. Es lo que hace la mafia” (Conferencia de prensa durante el vuelo de regreso de México, 17 de febrero de 2016). “Es como contratar a un sicario para resolver un problema” (Audiencia General,10 de octubre de 2018).

 

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“No es progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana”

 

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