Politica

«Con el coronavirus no se convive, sino se lucha y pelea»

El jefe comunal volvió a remarcar que “con el coronavirus no se convive sino se lucha y pelea. Tenemos que contribuir con todos aquellos que están dejando su vida en cada hospital, en cada clínica”.

Sobre el histórico acuerdo manifestó que “esto es una muestra de unidad. Agradezco a cada entidad que se sumó a esto que no es otra cosa que una política pública para evitar que el coronavirus se propague en San Rafael y al mismo tiempo garantizar la sostenibilidad de empresas y fuentes de trabajo”. 

“Si se cumplen los protocolos y contamos con el acompañamiento de los trabajadores, no deberíamos tener inconvenientes y así evitamos que los comercios cierren”, coincidieron empresarios y sindicalistas.  

Quiénes suscribieron el acuerdo

Además del Municipio de San Rafael, representado por Emir Félix, de la conformación del acta participaron la Cámara de Comercio, Agropecuaria e Industria, Cámara de Turismo, Asociación de Empleados de Farmacia, Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación, Asociación Bancaria, Luz y Fuerza, Unión Obrera Metalúrgica, Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica, SOEVA, Contratistas de Viñas y Frutales, Estaciones de Servicios, Camioneros, Trabajadores del Pami, Unión de Empleados de Comercio, UTHGRA, Obras Sanitarias, SUTE, CTA, UOCRA, SADOP, UPCN, AATRAC, UATRE, Ladrilleros, Sanidad y Taxistas.

Bases del acuerdo

Entre las más importantes se destacan:

  • Las entidades sindicales a través de sus representados, deben transformarse en participantes activos de prevención mediante su responsabilidad social individual y colectiva frente a sus compañeros de trabajo y núcleo familiar. 
  • Las partes coordinarán acciones concretas dejando en claro que quienes incurran en actitudes que pongan en riesgo la salud de las personas, serán pasibles de manera rigurosa de las aplicaciones de las disposiciones y resoluciones existentes como así también los alcances de la Ley de Contrato de Trabajo en todos sus términos, garantizando el cumplimiento del Art 205 del Código Penal de la Nación Argentina (“Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”), como así también, cualquier evidencia objetiva de que se esté incumpliendo con toda normativa dispuesta en tal sentido. 
  • Las partes acuerdan ante la necesidad de normalización de actividades que así lo requieran, realizar controles en conjunto con el Municipio a fin de dar cumplimiento a los alcances del presente acuerdo, debiendo para ello articular todas las medidas de higiene y seguridad que indican los protocolos oportunamente aprobados para cada actividad.
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