Sociedad

Decreto sobre Misa antigua para la Diócesis de San Rafael

El decreto fue difundido por la Oficina de Prensa del Obispado de San Rafael el pasado 2 de noviembre y está firmado por la máxima autoridad diocesana, Monseñor Eduardo María Taussig.

Que dice el decreto

VISTA
La Carta Apostólica en forma de Motu Proprio del Sumo Pontífice Francisco, del 16 de Julio de 2021, Traditionis Custodes sobre el uso de la liturgia romana antes de la reforma de 1970.

CONSIDERANDO
Que el Art. 2 de) Motu Proprio Traditionis Custodes prescribe que es de exclusiva competencia del Obispo diocesano autorizar el uso del Missale Romanum de 1962 en la diócesis, siguiendo las orientaciones de la Sede Apostólica.

Que en la Diócesis de San Rafael existe ya un grupo estable de fieles que, haciendo uso de las posibilidades brindadas por el Motu Proprio Summorum Pontificum, celebraba la misa dominical según el Modo extraordinario del Rito Romano en la Parroquia Jesús de la Divina Misericordia.

TENIENDO EN CUENTA
Que el Obispo considera oportuno atender con caridad pastoral a los grupos y personas que “no excluyan la validez y la legitimidad de la reforma litúrgica, de los dictados del Concilio Vaticano II y del Magisterio de los Sumos Pontífices” (cfr. TC 3,1).

Que la experiencia de lo vivido en la Diócesis de San Rafael desde el momento de la promulgación del Motu Proprio Traditionis Custodes hasta la fecha, según las indicaciones orales comunicadas oportunamente al clero y a los fieles, es positiva y no presenta problemas graves.

Que el Consejo Presbiteral expresó un parecer favorable al camino emprendido al respecto en la reunión del pasado 14 de septiembre del presente año.

Que el Sr. Pbro Lic. Gustavo Orcellet, Representante Legal y Capellán del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús prestó su conformidad y colaboración a la práctica realizada y a las disposiciones del presenta decreto.

Que el R.P. Gonzalo Andrés Gelonch Villarino, IVE. Párroco de la Parroquia Nuestra Señora de los Dolores, en cuya jurisdicción se ubica la Capilla del Colegio Santa Teresita del Niño Jesús brindó su conformidad a las disposiciones del presente decreto.

POR LAS PRESENTES LETRAS DECRETA

Artículo 1°: Determino que la Misa usus antiquior se celebre habitualmente todos los domingos en la Capilla del Colegio Santa Teresita del Niño Jesus, en la Ciudad de San Rafael, excluido el Triduo Pascual, Corpus Christi y otras celebraciones diocesanas que coincidan con un domingo y el Obispo juzgue oportuno la participación de esta comunidad en las mismas. Hasta nueva determinación, ésta es la única Misa usus antiquior cum populo autorizada.

Artículo 2°: Las lecturas serán siempre proclamadas en lengua española según la traducción aprobada por la Conferencia Episcopal Argentina.

Artículo 3°: Encomiendo al Sr. Pbro. Andrés Widow la celebración de esta misa dominical y la atención pastoral de la comunidad que se congrega en torno a esta celebración hasta el 30 de junio de 2022

Artículo 4°: Cuando sea necesario suplir al Sr. Pbro. Andrés Widow, el Obispo designara “ad casum” el o los sacerdotes que la reemplazarán.

Artículo 5°: El grupo de fieles que asiste a la mise provea a la congrua retribución del sacerdote y a la justa compensación por el uso y la limpieza de la Capilla

Artículo 6°: Los sacerdotes de la Diócesis de San Rafael que deseen celebrar la Misa usus antiquior sine populo deberán solicitar por escrito, fundando sus motivaciones, la autorización al Obispo Diocesano. Los sacerdotes de otras jurisdicciones de visita a en tránsito que deseen celebrarla ocasionalmente bastará que tengan una autorización oral del Ordinario de San Rafael.

Artículo 7° Notifíquese, publíquese y archívese

Dado en esta Sede Episcopal de San Rafael, a los 30 días del mes de noviembre del año del Señor de 1021.

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